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SIENDO HUMANOS

¿Por qué elegir estas dos palabras cómo nombre de un blog?
Por que básicamente, para expresar un trabajo ya iniciado, debemos nominarlo. Por ello elegimos SIENDO para mostrar nuestro ser en movimiento, inquieto, abierto, en búsqueda permanente de la Verdad, representando así nuestro ser, nuestro hacer o no hacer, nuestra conducta y sobre todo nuestra actitud ante todo lo que a diario nos toca vivir.Es lo ontológico.Y HUMANOS, esta palabra viene de Humus: Tierra. No sólo hace referencia a la tierra en sí, sino a todo lo que ella representa: la necesidad de un cambio de actitud en el tratamiento al medio ambiente, el proceder de la voluntad humana libre, con advertencia del bien o mal que se hace a la Naturaleza en todas sus manifestaciones.
Si cada mañana, al iniciar el día, lo hacemos SIENDO HUMANOS, nuestra vinculación con el mundo, nuestra interacción con los hombres y el medio ambiente, empezará a hacernos sentir en armonía con nosotros mismos y pero sobre todo..... con los demás.


miércoles, 4 de febrero de 2009

ONGs presentaron a las autoridades sus observaciones al decreto reglamentario de la Ley de Protección de Bosques

Fuente: Fundación Ambiente y Recursos Naturales
Decenas de organizaciones adhirieron la carta que fue enviada al Secretario de Ambiente de la Nación, Homero Bibiloni, y al presidente del COFEMA, Julio Nasser .
A más de un año de su sanción por el Congreso Nacional, decenas de ONGs pedimos al Poder Ejecutivo Nacional que reglamente la Ley de Protección de los Bosques Nativos urgentemente. De este modo, además de cumplir con el mandato que le ha sido asignado, se evitará que valiosas normas elaboradas con la finalidad de proteger el ambiente, y las instituciones gubernamentales vinculadas a las mismas, se debiliten de modo irremediable.

La Secretaría de Ambiente de la Nación, luego de un proceso consultivo del que participaron el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA) y varias organizaciones ambientalistas, realizó un borrador de reglamentación que fue girado en julio del año pasado para su aprobación por parte del Poder Ejecutivo Nacional. Sin embargo, el 23 de enero la Secretaría envió un nuevo borrador al COFEMA modificaciones sustantivas que afectan fundamentales garantías, y que desoye el proyecto de reglamentación oportunamente trabajado. Por ello solicitamos que se retome el proceso anterior de elaboración del decreto reglamentario, que ya tenía un estado avanzado de discusión y consenso. Asimismo, demandamos que se mantenga la modalidad de consulta con las organizaciones sociales para la definición de tan sensible cuestión en la Argentina.

Consideramos sumamente preocupante que en el nuevo borrador se haya eliminado todo lo referente a cómo debe realizarse el proceso participativo, y a cómo debe considerarse especialmente la consulta a las comunidades indígenas, así como a la necesidad de realizar un relevamiento de las zonas tradicionalmente habitadas ya sea por pueblos originarios o campesinos.

Observamos con preocupación que en el nuevo borrador se ha eliminado la creación de una Comisión Asesora Permanente, que debería estar integrado por representantes de las organizaciones no gubernamentales con interés en la materia que lo soliciten, organismos nacionales con incumbencia en materia de bosques nativos y representantes de las Autoridades Locales de Aplicación. En cambio, el nuevo borrador únicamente incorpora al COFEMA exclusivamente para que “articule” con la Autoridad Nacional de Aplicación en la elaboración del Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos.

Consideramos imprescindible la adopción de mecanismos que permitan a la sociedad civil y sus instituciones participar del control de la efectiva implementación de la misma, y en la consideración de mecanismos de transparencia tanto para la aplicación de la ley como así también para el monitoreo de su cumplimiento, asignación, distribución y ejecución de fondos.
En referencia a las sanciones por infracciones a la norma, la reglamentación del artículo 29 en este nuevo borrador, establece que: “Se podrá sustituir la aplicación de sanciones por la realización de acciones de recomposición o compensación ambiental, debidamente garantizadas.” Consideramos que la introducción de este párrafo atenta contra la efectividad de la norma, ya que resulta impracticable que la recomposición o compensación ambiental de un desmonte sea “debidamente garantizada”. Por otro lado, consideramos que una política firme contra la deforestación requiere inevitablemente la aplicación de multas severas a quienes cometan daños irreparables a ecosistemas vitales como los bosques nativos.

Nos preocupa sobremanera que en el nuevo borrador de la reglamentación hayan desaparecido todos los artículos que en la primera versión establecían el funcionamiento del Fondo Nacional para la Conservación de los Bosques Nativos y una metodología de cálculo para su distribución, la que apuntaba a favorecer a las provincias que en su Ordenamiento Territorial establezcan la protección de más bosques.

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